El impuesto predial es el pago que todo propietario, poseedor o persona que disfrute el bien ajeno. El Impuesto predial Santa Marta, es un tributo real que recae sobre los bienes raíces ubicados en Santa Marta, Magdalena y se genera por la existencia de los predios.
La liquidación, factura y pago del Impuesto predial Santa Marta, se puede hacer de manera presencial, dirigiéndose a la Alcaldía Distrital de Santa Marta, o en línea a través del portal web de la Alcaldía de Santa Marta.
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¿Cómo pagar el Impuesto predial Santa Marta en línea?
Los propietarios de bienes inmuebles localizados en Santa Marta, pueden pagar el Impuesto predial Santa Marta, en línea siguiendo estos sencillos pasos:
- Ingrese al portal web de impuestos www.impuestos.santamarta.gov.co
- Haga clic en la ventana impuesto predial unificado
- El sistema automáticamente le mostrará las opciones de imprimir su factura corriente o vencida, pago en línea, consultas de facturas por año, avalúos, acuerdos administrativos y acuerdos de pago, entre otros.
Plazos para pago del Impuesto predial Santa Marta
Los contribuyentes del pago del Impuesto predial Santa Marta, deben pagar para el año 2023, a más tardar el 31 de mayo. Estos son los descuentos y fechas para el pago:
- 20% de descuento por pago entre enero y el 31 de marzo, para los contribuyentes que estén al día y que paguen la totalidad de la vigencia corriente y para los contribuyentes en mora que paguen la totalidad de la obligación pendiente, incluida la vigencia corriente, o actual. El descuento se aplica para la vigencia actual o corriente, esto quiere decir que el descuento se aplica sólo al impuesto 2023.
- 10% de descuento por pago en el mismo período anterior, para los contribuyentes que presenten mora en vigencias anteriores, pero que paguen la totalidad la vigencia corriente.
- 15% de descuento por pago entre el 01 y 30 de abril, para los contribuyentes al día que paguen la totalidad de la vigencia corriente y para aquellos contribuyentes en mora, que cancelen la totalidad de la obligación pendiente, incluida la vigencia corriente o actual. El descuento se aplica sólo a la vigencia fiscal 2023.
- 5% de descuento por pago del 01 al 30 de abril, para los contribuyentes que presenten mora en vigencias anteriores, pero que cancelen la totalidad de la vigencia corriente.
- A partir del 01 de junio de 2023, la Secretaría de Hacienda estará habilitada para generar intereses de mora en el pago.